Términos y Condiciones de Uso — Atalaya Judicial
Versión 3 · Fecha: 2026-04-26 · Domicilio: Medellín, Colombia
PUBLICACIÓN PENDIENTE — completar identificación del proveedor. El presente documento contiene marcadores de posición en la sección 0.2 que el Equipo de Atalaya Judicial debe diligenciar antes de publicarse en producción. Estos marcadores son:[NIT_OR_CC_PENDIENTE],[REPRESENTANTE_LEGAL_PENDIENTE],[DIRECCION_PENDIENTE]. La versión publicable solo será la que reemplace estos marcadores por datos reales y se firme con el hash SHA-256 correspondiente conforme a la Cláusula 3.
0. Resumen plain-spanish (no contractual)
Resumen no contractual — informativo. Este resumen no reemplaza el texto formal. Si hay diferencia entre este resumen y el cuerpo del contrato, prevalece el cuerpo del contrato, salvo que la diferencia favorezca al Usuario, en cuyo caso prevalece la versión más favorable conforme al artículo 34 de la Ley 1480 de 2011.
- Qué es Atalaya Judicial. Una aplicación web gratuita que le ayuda a consultar información pública de la Rama Judicial. No es un despacho de abogados, no es un sistema oficial de notificaciones, no tiene vínculo con el Estado.
- Cómo funciona su información. Sus radicados, alias y notas se guardan cifrados únicamente en su navegador (la Bóveda). Nosotros no podemos leerlos. Si pierde su contraseña o borra su navegador, la información se pierde y no la podemos recuperar.
- Lo que sí procesamos en nuestros sistemas. Datos técnicos mínimos generados por la operación del propio navegador. En la versión actual no operamos un servidor de proxy: cada consulta a los Portales Fuente la realiza directamente su navegador, y la dirección IP, el User-Agent y la marca temporal quedan visibles para la Rama Judicial, no para el Equipo. Adicionalmente, en producción usamos Sentry (Estados Unidos) para reportes de error y métricas técnicas de rendimiento, con cabeceras estándar (incluida la IP) y, si usted lo decide voluntariamente, un formulario de retroalimentación que solicita nombre, correo y opcionalmente una captura de pantalla.
- Notificaciones del navegador. Atalaya Judicial muestra avisos locales con la API estándar Web Notifications del propio navegador. No usamos servidores Web Push de Apple (APNs) ni de Google (FCM); no se genera endpoint Web Push ni se transmiten cargas útiles a esos proveedores. Si una futura versión incorporara Web Push, requerirá una autorización separada y específica conforme a la Cláusula 3.
- Modo sin contraseña. Si elige crear la Bóveda sin contraseña, sus datos quedarán sin cifrar en el almacenamiento de su navegador y solo estarán protegidos por los controles del propio sistema operativo. Puede migrar a Bóveda cifrada en cualquier momento desde Configuración.
- Lo que prometemos. Hacer el mejor esfuerzo razonable de consulta automatizada. No le prometemos detección perfecta ni entrega perfecta de notificaciones.
- Lo que NO somos. No somos sustituto del deber del abogado de vigilar sus procesos. Las notificaciones de Atalaya Judicial no son notificaciones judiciales oficiales.
- Sus derechos. Como consumidor o como Titular de datos personales, conserva todos los derechos de la Ley 1480 de 2011 y la Ley 1581 de 2012, incluida la queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
- Cómo aceptar. Pulsando "Crear mi archivo" usted acepta estos Términos. Quedará un registro local en su Bóveda con la fecha y el hash de la versión aceptada que podrá imprimir o exportar.
- Cómo contactarnos.
privacidad@atalayajudicial.compara datos personales.legal@atalayajudicial.compara temas jurídicos. Dirección física de notificación judicial en la Cláusula 0.2.
0.1. Glosario (taxonomía canónica)
Para interpretar estos Términos, use exclusivamente los siguientes términos en el sentido aquí definido:
- "Atalaya Judicial": el Equipo desarrollador y la marca. Cuando se hable de la organización contratante, se dirá "el Equipo de Atalaya Judicial".
- "el Equipo de Atalaya Judicial" o "el Equipo": el conjunto de personas que opera el Servicio, encabezado por el responsable legal identificado en la Cláusula 0.2, parte contratante frente al Usuario.
- "la Aplicación": el software PWA accesible en
atalayajudicial.com, incluyendo sus interfaces, los scripts que se ejecutan en el navegador del Usuario y el service worker de PWA que cachea archivos estáticos del propio dominio para uso fuera de línea. La Aplicación se ejecuta íntegramente en el dispositivo del Usuario; el Equipo no opera un servidor de proxy de raspado. - "el Servicio": el conjunto de funcionalidades que el Equipo pone a disposición del Usuario por medio de la Aplicación —en particular, (i) la consulta automatizada referencial de Contenido Judicial, ejecutada por el navegador del Usuario, y (ii) la presentación de notificaciones locales mediante la API estándar Web Notificationsdel navegador.
- "la Bóveda" o "la Bóveda Local": el almacenamiento cifrado mediante AES-GCM ubicado exclusivamente en el dispositivo del Usuario, custodiado por el navegador.
- "el Usuario" o "usted": la persona natural mayor de edad que celebra el contrato con el Equipo de Atalaya Judicial al pulsar "Crear mi archivo".
- "Datos del Usuario": los radicados, alias, etiquetas, recordatorios y notas en texto plano que el Usuario almacena dentro de la Bóveda.
- "Datos Operativos": el conjunto mínimo de datos que el Equipo procesa para prestar el Servicio (IP transitoria, marca temporal, identificador aleatorio de instalación, número de radicado consultado, endpoint Web Push). Se enumeran taxativamente en la Cláusula 5.
- "Contenido Judicial": las actuaciones, providencias, autos, sentencias y demás piezas procesales públicas emanadas de la Rama Judicial.
- "Encargado", "Responsable", "Titular", "Tratamiento": tienen el sentido del artículo 3 de la Ley 1581 de 2012.
Donde estos Términos digan "Atalaya Judicial consulta", "Atalaya Judicial vigila" o expresiones equivalentes, debe entenderse "la Aplicación realiza la operación técnica" o "el Equipo de Atalaya Judicial realiza la operación humana o jurídica", según el contexto.
0.2. Identificación del proveedor (art. 50 Ley 1480 de 2011)
| Campo | Valor |
|---|---|
| Razón social / nombre | Atalaya Judicial (proyecto operado por persona natural responsable) |
| Responsable legal | [REPRESENTANTE_LEGAL_PENDIENTE] |
| Documento de identidad / NIT | [NIT_OR_CC_PENDIENTE] |
| Dirección física en Medellín (notificación judicial) | [DIRECCION_PENDIENTE] |
| Correo de notificaciones legales | legal@atalayajudicial.com |
| Correo de privacidad | privacidad@atalayajudicial.com |
| Página de estado | status.atalayajudicial.com |
| Enlace SIC visible en la PWA | https://www.sic.gov.co |
El Equipo de Atalaya Judicial se compromete a mantener actualizada esta información en la página atalayajudicial.com/identificacion y a publicar cualquier cambio con preaviso conforme a la Cláusula 19.
Preámbulo
Las presentes cláusulas son los Términos y Condiciones de Uso (los "Términos") del Servicio prestado por el Equipo de Atalaya Judicial a través de la Aplicación. La Aplicación es una herramienta informática gratuita cuya finalidad es asistir al Usuario en la consulta de información judicial pública publicada por la Rama Judicial de Colombia, mediante una arquitectura local-first que cifra y conserva los Datos del Usuario exclusivamente en su dispositivo.
Estos Términos se rigen por la buena fe contractual (artículo 871 del Código de Comercio y artículo 1603 del Código Civil) y por las normas imperativas de orden público colombianas, en particular el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) cuando el Usuario califique como consumidor, y la Ley 1581 de 2012 sobre protección de datos personales. La Política de Tratamiento de Datos Personales que complementa estos Términos se publicará de forma separada en atalayajudicial.com/politica-de-datos, conforme al literal k) del artículo 17 de la Ley 1581 de 2012 y al artículo 13 del Decreto 1377 de 2013, y deberá ser consultada por el Usuario antes de otorgar la autorización de la Cláusula 5.
Si el Usuario no está de acuerdo con cualquiera de las cláusulas siguientes, deberá abstenerse de crear la Bóveda, registrar o utilizar la Aplicación.
1. Definiciones operativas
1.1. Las definiciones canónicas figuran en el Glosario (Cláusula 0.1) y se aplican a todo el documento. Adicionalmente:
(a) "Rama Judicial": la Rama Judicial del Poder Público de la República de Colombia, sus despachos y portales públicos.
(b) "Portales Fuente": los portales públicos de la Rama Judicial que el Equipo consulta, listados expresamente en status.atalayajudicial.com/fuentes. La consulta automatizada se limita a esa lista.
1.2. El Usuario actúa como consumidor cuando utiliza la Aplicación con propósitos no ligados a su actividad económica habitual (artículo 5.3 de la Ley 1480 de 2011), y le aplican plenamente las protecciones de esa ley. Cuando el Usuario actúa en ejercicio de su actividad económica habitual (por ejemplo, abogado litigante para vigilancia de procesos profesionales), no califica como consumidor para los efectos de la Ley 1480, sin perjuicio de la aplicación general de la Ley 1581 de 2012 y demás normas de orden público.
2. Naturaleza del Servicio y no-afiliación estatal
2.1. El Servicio es una herramienta informática auxiliar, gratuita y de código abierto, cuya función consiste en (i) almacenar localmente los radicados que el Usuario ingresa en la Bóveda; (ii) consultar, a solicitud del Usuario, información pública en los Portales Fuente, mediante un proxy técnico de raspado automatizado (scraping); y (iii) intentar entregar al Usuario notificaciones tipo Web Push sobre nuevas actuaciones detectadas.
2.2. El Servicio no es un servicio profesional de abogacía, no es un despacho jurídico, no es un sistema oficial de notificaciones y no sustituye los canales oficiales de notificación judicial previstos en la Ley 1564 de 2012 ni en la Ley 2213 de 2022.
2.3. El Equipo de Atalaya Judicial declara que no tiene vínculo institucional, contractual, oficial, de patrocinio, aval, autorización, concesión ni respaldo con la Rama Judicial, el Consejo Superior de la Judicatura, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, el Ministerio de Justicia y del Derecho, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ni con ninguna otra entidad pública del Estado colombiano. Cualquier referencia a marcas, sistemas o portales de la Rama Judicial se realiza con fines descriptivos e informativos, al amparo del uso nominativo legítimo del artículo 157 de la Decisión Andina 486 de 2000.
2.4. El Equipo de Atalaya Judicial no utiliza, no reproduce ni reclama titularidad sobre el escudo, logotipo o signos distintivos de la Rama Judicial, los cuales son emblemas oficiales protegidos por el artículo 6º bis del Convenio de París y por el artículo 135 literal m) de la Decisión Andina 486 de 2000. El Equipo se obliga a no emplear en su comunicación, interfaz, marca o materiales colores, tipografías, escudos, balanzas u otros elementos visuales susceptibles de generar confusión sobre origen estatal o respaldo oficial. En toda mención al portal de la Rama Judicial, el deslinde "Atalaya Judicial no es servicio oficial" se presenta con visibilidad equivalente a la mención.
3. Aceptación, mecanismo probatorio y capacidad legal
3.1. Click-wrap. La aceptación se perfecciona mediante acción afirmativa explícita consistente en pulsar el botón "Crear mi archivo" después de haber marcado las casillas no pre-rellenadas que el onboarding presenta. Esta acción constituye manifestación inequívoca de voluntad y firma electrónica simple en los términos de los artículos 5, 7, 14 y 15 de la Ley 527 de 1999.
3.1 bis. Equivalencia funcional y atribución. El registro de aceptación descrito en la Cláusula 3.2 constituye mensaje de datos atribuible al Usuario en los términos de los artículos 2, 6, 7, 10, 11, 16 y 17 de la Ley 527 de 1999. El hash SHA-256 publicado conforme a la Cláusula 3.3 cumple la función de integridad del documento aceptado. El Usuario reconoce que dicha equivalencia funcional permite oponer el registro como prueba ante autoridad administrativa o judicial competente, sin perjuicio de su derecho a controvertir su contenido por los medios legales (Sentencia SC2625-2020 de la Corte Suprema de Justicia).
3.2. Constancia y registro local. Como prueba de aceptación, la Aplicación almacena dentro de la propia Bóveda del Usuario un registro firmado que contiene: (i) hash SHA-256 de la versión aceptada; (ii) marca temporal del dispositivo; (iii) identificador aleatorio de instalación generado localmente; (iv) versión de la Aplicación. El Usuario puede en cualquier momento descargar este registro como archivo JSON desde "Configuración → Mis aceptaciones" e imprimirlo o guardarlo en el medio de su elección.
3.3. Publicación de hashes. El Equipo de Atalaya Judicial publica el hash SHA-256 de cada versión vigente y de las versiones anteriores en atalayajudicial.com/terminos/historial, junto con la versión PDF estable correspondiente, durante un período mínimo de cinco (5) años desde su retiro.
3.4. Modificaciones. El Equipo podrá modificar los Términos cuando sea estrictamente necesario para (i) reflejar cambios técnicos sustanciales; (ii) cumplir con cambios normativos vigentes; (iii) atender pronunciamientos ejecutoriados de autoridad competente. Los plazos de preaviso se rigen por la tabla de la Cláusula 19. Para modificaciones materiales, la Aplicación exigirá re-marcación afirmativa en el primer ingreso posterior a la entrada en vigor y registrará una nueva entrada conforme a la Cláusula 3.2. El simple acceso o navegación no constituye aceptación.
3.4 bis. Modificaciones que reducen derechos del consumidor. Cualquier modificación que reduzca, limite o condicione los derechos del Usuario consumidor solo será oponible si el Usuario otorga re-aceptación afirmativa al primer ingreso posterior a su entrada en vigor. El silencio o la simple navegación no se interpretarán como aceptación. Si el Usuario no re-acepta, podrá continuar utilizando el Servicio bajo la versión anterior por un período de gracia de noventa (90) días, durante el cual podrá exportar sus datos conforme a la Cláusula 4.6, antes de que opere la terminación por voluntad del Usuario. Esta cláusula desarrolla el artículo 43, numerales 4 y 11, de la Ley 1480 de 2011.
3.5. Capacidad. El Usuario manifiesta tener plena capacidad legal para contratar conforme a los artículos 1502 y 1503 del Código Civil.
4. Arquitectura local y régimen de Tratamiento
Resumen: los Datos del Usuario viven cifrados solo en su navegador. El Equipo no puede leerlos. El Equipo solo procesa los Datos Operativos enumerados en la Cláusula 5.
4.1. Cuando el Usuario crea la Bóveda con contraseña, los Datos del Usuario se almacenan exclusivamente en el dispositivo del Usuario, cifrados mediante el algoritmo AES-GCM con claves de 256 bits derivadas de la contraseña del Usuario mediante una función de derivación resistente a fuerza bruta. La Aplicación selecciona automáticamente argon2id cuando el navegador del Usuario soporta esa primitiva criptográfica, y, en su defecto, emplea PBKDF2 con SHA-256 y al menos 600.000 iteraciones, conforme a las recomendaciones vigentes de OWASP. Los parámetros efectivos se publican en el repositorio público de código y pueden actualizarse con cada versión de la Aplicación. El Equipo no aloja, no transmite, no respalda ni replica en sus servidores la Bóveda cifrada.
4.1 bis. Modo sin contraseña. El Usuario puede, a su elección, inicializar la Bóveda sin contraseña. En ese modo, los Datos del Usuario residen sin cifrado simétrico en el almacenamiento del navegador (IndexedDB) y solo se encuentran protegidos por los controles del sistema operativo y del navegador del propio Usuario (perfil de usuario del sistema, bloqueo de pantalla, aislamiento entre orígenes). El Usuario reconoce y acepta expresamente este modo al activarlo. La Aplicación permite migrar al modo cifrado en cualquier momento desde "Configuración → Bóveda → Establecer contraseña", lo cual ejecuta la función upgradeToPassphrase del módulo de Bóveda local sin pérdida de datos.
4.2. Arquitectura sin proxy de raspado. En la versión actual del Servicio, el Equipo no opera un servidor intermediario de raspado entre el Usuario y los Portales Fuente. Las consultas a los Portales Fuente las realiza directamente el navegador del Usuario, ejecutando los scripts de la Aplicación; el Equipo no recibe, no persiste, no indexa ni cede a terceros el Contenido Judicial. Como consecuencia, los encabezados estándar de cada solicitud (dirección IP, User-Agent, Referer, cookies de sesión del propio dominio del Portal Fuente) son visibles para el operador del Portal Fuente y no para el Equipo. Si en el futuro el Equipo introdujera un servidor de proxy para reducir presión sobre los Portales Fuente, modificará estos Términos conforme a la Cláusula 3.4 y solicitará la autorización separada que corresponda.
4.3. Distinción entre el hecho técnico y el rol jurídico.
(a) Hecho técnico (zero-knowledge). El Equipo adopta una arquitectura de cifrado en cliente que le impide técnicamente acceder a la Bóveda. Aunque quisiera, no puede leer los datos cifrados con la contraseña del Usuario.
(b) Marco jurídico para la Bóveda.
(i) Cuando el Usuario actúe como consumidor, el Tratamiento de los datos contenidos en la Bóveda se realiza en su esfera personal o doméstica (artículo 2 literal a) de la Ley 1581 de 2012). El Equipo no realiza Tratamiento sobre dichos datos cifrados.
(ii) Cuando el Usuario actúe en ejercicio de su actividad económica habitual, el Tratamiento de los datos personales de terceros que figuren en la Bóveda lo realiza el propio Usuario como Responsable del Tratamiento (artículo 3 literal e) de la Ley 1581 de 2012). El Equipo continúa sin acceso técnico a la Bóveda y no es Responsable ni Encargado de su contenido. Se recomienda al Usuario profesional adoptar las políticas que correspondan a su actividad.
(c) Datos Operativos. Sobre los Datos Operativos descritos en la Cláusula 5, el Equipo asume el rol de Responsable del Tratamiento y cumple las obligaciones del artículo 17 de la Ley 1581 de 2012.
(d) Contenido Judicial con datos de terceros. Cuando el Contenido Judicial recuperado por el navegador del Usuario incluya datos personales de terceros (partes, demandados, intervinientes, apoderados de contraparte), el Tratamiento de dichos datos se realiza íntegramente en el dispositivo del Usuario, sin intermediación de servidores del Equipo. En este escenario:
(i) Rol del Equipo: el Equipo actúa como proveedor de software que se ejecuta en el navegador del Usuario y, por lo tanto, no es Responsable ni Encargado del Tratamiento sobre el Contenido Judicial de terceros que el navegador del Usuario descargue directamente del Portal Fuente. El Equipo conserva la obligación de programar la Aplicación para que únicamente solicite los radicados registrados por el Usuario y filtre en memoria los resultados que excedan dicho radicado, conforme a la Cláusula 8.5.
(ii) Base de legitimación del Tratamiento que realiza el Usuario: la consulta en sí está amparada por el ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información judicial pública (artículos 20, 23, 74 y 228 de la Constitución; artículo 64 de la Ley 270 de 1996; Ley 1712 de 2014). No se requiere autorización del Titular tercero porque la fuente original es de acceso público (artículo 10 literal b) de la Ley 1581 de 2012).
(iii) Canal de atención al Titular tercero: cualquier persona cuyo dato aparezca en Contenido Judicial procesable por la Aplicación puede solicitar acceso, rectificación, oposición o supresión escribiendo a privacidad@atalayajudicial.com o usando el formulario público en atalayajudicial.com/titular-tercero. El Equipo, en su calidad de proveedor del software, atiende estas solicitudes en los plazos de la Cláusula 19.
(iv) Lista de exclusión del lado del cliente: ante solicitud fundada, el Equipo añade el radicado a una lista de exclusión que la Aplicación distribuye con cada versión y que el navegador del Usuario aplica antes de cualquier solicitud al Portal Fuente, impidiendo así consultas futuras sobre el radicado excluido desde cualquier instalación. La Aplicación notifica al Usuario afectado dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al despliegue de la versión que incorpora la exclusión.
(v) Seguridad y confidencialidad: las descritas en la Cláusula 20.
(e) Datos sensibles incidentales. El Contenido Judicial recuperado puede incluir, de manera incidental, datos sensibles de un Titular tercero en los términos del artículo 5 de la Ley 1581 de 2012 (datos relativos a la salud, origen étnico o racial, orientación sexual, vida sexual, afiliación política o religiosa, así como datos de niños, niñas y adolescentes). Respecto de estos datos sensibles incidentales:
(i) Base de legitimación reforzada. El Tratamiento por parte del Usuario se ampara exclusivamente en el artículo 6 literal d) de la Ley 1581 de 2012 (datos públicos judiciales con finalidad concordante con la publicidad procesal) y en el derecho fundamental de acceso a la información pública judicial (artículos 20, 74 y 228 de la Constitución; artículo 64 de la Ley 270 de 1996). No se requiere autorización del Titular sensible porque la fuente original es pública y la finalidad se limita a entregar al Usuario, en su propio dispositivo, el Contenido al que el Titular ya está expuesto por el principio de publicidad procesal.
(ii) No persistencia en servidores del Equipo. En la arquitectura de la Cláusula 4.2 estos datos no transitan por servidores del Equipo. La Aplicación filtra en memoria los resultados del Portal Fuente y descarta antes de cualquier persistencia local las filas que no correspondan al radicado registrado por el Usuario.
(iii) Procedimiento agravado de exclusión. La solicitud de exclusión por radicado contemplada en la Cláusula 4.3 (d) (iv) se atenderá con plazo reducido de diez (10) días hábiles cuando el solicitante invoque presencia de datos sensibles, sin perjuicio de medidas inmediatas si concurre riesgo de vulneración de derechos fundamentales.
(iv) Niños, niñas y adolescentes. Cuando el Contenido Judicial verse sobre proceso en que figure un niño, niña o adolescente como Titular sensible (artículo 7 del Decreto 1377 de 2013), el Equipo se obliga a (a) incorporar en la lista de exclusión del lado del cliente, mediante reglas configurables, los radicados de la jurisdicción de familia con palabras clave indicativas (alimentos, custodia, restablecimiento, violencia intrafamiliar) cuando el Usuario no haya declarado interés legítimo cualificado; (b) atender en plazo reducido cualquier solicitud de exclusión presentada por el representante legal del menor o por el Ministerio Público; (c) abstenerse de cualquier perfilamiento o agregación.
(v) No exportación masiva. El Equipo prohíbe contractualmente al Usuario, conforme a la Cláusula 9.2, la exportación o redistribución de datos sensibles incidentales.
4.4. El Equipo adopta el estándar de privacidad desde el diseño y por defecto ("Privacy by Design and by Default") como guía interna de buenas prácticas, sin que ello implique adhesión sectorial a circulares dirigidas a industrias específicas.
4.5. El Equipo no almacena, no respalda y no puede recuperar la contraseña del Usuario ni los Datos del Usuario cifrados con ella. Las solicitudes de acceso, rectificación o supresión sobre la Bóveda deberán ser ejecutadas por el propio Usuario desde su dispositivo, mediante las funcionalidades nativas de la Aplicación.
4.6. Deber de respaldo del Usuario.
(a) La pérdida, olvido o filtración de la contraseña, así como el borrado del almacenamiento del navegador, implican la pérdida irreversible de los Datos del Usuario, sin que el Equipo pueda recuperarlos.
(b) La Aplicación pone a disposición del Usuario, en todo momento y sin restricción, una funcionalidad de exportación local en formato JSON o CSV, accesible desde "Bóveda → Exportar".
(c) El Usuario debe realizar exportaciones periódicas y conservarlas en un medio seguro de su elección. La Aplicación recordará al Usuario la conveniencia de exportar al menos una vez cada noventa (90) días mediante aviso no intrusivo.
4.7. Sucesión y custodia.
(a) En caso de fallecimiento, incapacidad o sustitución procesal del Usuario, únicamente sus herederos, apoderados o sucesores procesales podrán acceder a la Bóveda si conocen la contraseña. El Equipo no puede recuperarla y no asume obligación de recuperación.
(b) Se recomienda al Usuario abogado dejar constancia de la contraseña y de las exportaciones periódicas en los términos que prevean sus pólizas profesionales o los protocolos de continuidad de su despacho.
(c) Esta limitación es estructural a la arquitectura local-first elegida por el Usuario al aceptar los presentes Términos y se reconoce en el resumen visual del onboarding (Cláusula 24).
5. Datos Operativos y transmisiones internacionales
Resumen: en la versión actual no operamos un servidor de proxy; los encabezados de cada consulta (IP, User-Agent, marca temporal) son visibles para la Rama Judicial, no para nosotros. Usamos Sentry (Estados Unidos) para reportes de error y métricas técnicas en producción; eso constituye una transmisión internacional de datos técnicos que usted autoriza por separado y puede revocar en cualquier momento. Las notificaciones del navegador se muestran localmente con la API estándar Web Notifications; no enviamos cargas útiles a Apple o Google.
5.1. Enumeración taxativa. Sobre los siguientes Datos Operativos, el Equipo actúa como Responsable del Tratamiento y se sujeta al artículo 17 de la Ley 1581 de 2012. La enumeración refleja la arquitectura efectiva descrita en la Cláusula 4.2 (sin servidor de proxy operado por el Equipo); las menciones a logs de servidor del Equipo son contingentes a la futura activación de un proxy y, hasta entonces, no aplican.
(a) Datos expuestos al Portal Fuente, no al Equipo. Al ejecutarse la consulta en el navegador del Usuario, los encabezados HTTP estándar (dirección IP del dispositivo solicitante, cadena User-Agent, marca temporal, cabecera Referer) son visibles para el operador del Portal Fuente. El Equipo no recibe ni persiste estos datos. Si en el futuro el Equipo operara un servidor proxy en los términos de la Cláusula 4.2, conservará los logs estrictamente necesarios por un período máximo de setenta y dos (72) horas, con fines de prevención de abuso, rate-limiting y respuesta ante incidentes, conforme al principio de limitación de finalidad del artículo 4 literal b) de la Ley 1581 de 2012 y a las medidas técnicas exigidas por la Circular Externa 002 de 2015 de la SIC. Cuando concurra un incidente activo, podrá conservar los logs estrictamente relacionados con él hasta noventa (90) días, vencido el cual se anonimizan o suprimen.
(b) Marca temporal local. La Aplicación genera marcas temporales en el reloj del propio dispositivo del Usuario para programar las consultas (Cláusula 8.4) y para registrar eventos en la Bóveda. Estas marcas no se transmiten al Equipo.
(c) Número de radicado consultado. El navegador del Usuario envía el radicado al Portal Fuente como parámetro de la consulta. El Equipo no recibe el radicado en sus servidores en la arquitectura actual; lo recibe sólo si el navegador genera un evento de error que es reportado a Sentry conforme al literal (g) siguiente, en cuyo caso el radicado se transmite como parte del mensaje de error.
(d) Endpoint de notificación. Atalaya Judicial muestra notificaciones del navegador mediante la API estándar Web Notifications directamente desde la pestaña abierta de la Aplicación o desde el service worker de PWA del propio dominio. La Aplicación no registra un endpoint Web Push (no invoca PushManager.subscribe), no genera ni transmite cargas útiles a Apple Push Notification service ni a Firebase Cloud Messaging. Si una futura versión incorporara Web Push, se requerirá autorización separada conforme a la Cláusula 3.
(e) Identificador aleatorio de instalación. La Aplicación genera localmente, al crear la Bóveda, un identificador aleatorio que se almacena en IndexedDB (almacén meta) exclusivamente en el dispositivo del Usuario. No se transmite al Equipo en la arquitectura actual y solo se utilizaría como referencia de instalación si el Usuario abre el formulario de retroalimentación voluntaria de la Cláusula 5.1 (h) o si el Usuario lo incluye al ejercer derechos del Titular. No contiene elementos de fingerprinting de hardware ni de navegador.
(f) Service worker de PWA (precaché local). La Aplicación instala un service worker estándar configurado mediante Workbox que almacena en caché archivos estáticos del propio dominio (HTML, JS, CSS, iconos) para permitir uso fuera de línea. El service worker no realiza analítica, no escucha eventos push y no envía datos a terceros.
(g) Telemetría de errores y rendimiento — Sentry (sólo en producción). Cuando la Aplicación se ejecuta en el entorno de producción identificado por la variable VITE_SENTRY_ENVIRONMENT = "production" y existe DSN configurado, los scripts del navegador transmiten reportes de error y trazas de rendimiento al servicio Sentry, operado por Functional Software, Inc. con domicilio en Estados Unidos de América. La transmisión incluye, conforme al parámetro sendDefaultPii: true del SDK: dirección IP del dispositivo, encabezados estándar (incluido User-Agent), route y tiempos de las navegaciones de SPA, mensajes y trazas de pila de las excepciones capturadas, y breadcrumbs de consola, navegación y solicitudes fetch. La tasa de muestreo de trazas de rendimiento es del diez por ciento (10%) de las navegaciones (tracesSampleRate: 0.1). El Equipo se obliga a (i) publicar en status.atalayajudicial.com/operacion los parámetros vigentes; (ii) habilitar el SDK únicamente en producción y mantenerlo desactivado en desarrollo y previsualizaciones; (iii) no capturar deliberadamente Datos del Usuario ni Contenido Judicial en los mensajes de error; (iv) atender en plazos del artículo 14 de la Ley 1581 de 2012 las solicitudes de supresión y de revocatoria que se reciban en privacidad@atalayajudicial.com. El Usuario puede revocar este Tratamiento conforme a la Cláusula 5.3.
(h) Formulario de retroalimentación — Sentry Feedback (envío voluntario). La Aplicación presenta en producción un botón visible de "Enviar comentarios". Si el Usuario lo pulsa y completa el formulario, los siguientes datos se transmiten a Sentry (Estados Unidos): (i) nombre indicado por el Usuario; (ii) correo electrónico indicado por el Usuario; (iii) cuerpo del comentario; (iv) opcionalmente, una captura de la ventana actual del navegador cuando el Usuario marca esa opción. El Equipo advierte que la captura puede incluir Datos del Usuario y/o Contenido Judicial visibles en pantalla y, por ello, el envío de captura es siempre afirmativo, granular y por sesión. El Usuario puede solicitar supresión del feedback enviado a privacidad@atalayajudicial.com.
5.2. Datos no recolectados. El Equipo, en su rol de Responsable del Tratamiento sobre los Datos Operativos, no recolecta nombre, correo electrónico, número de cédula, teléfono, dirección física, datos biométricos, datos sensibles (artículo 5 de la Ley 1581 de 2012), datos de menores, geolocalización fina ni identificadores publicitarios, salvo cuando el Usuario los proporcione voluntariamente al ejercer la retroalimentación de la Cláusula 5.1 (h). La Aplicación no utiliza cookies publicitarias, cookies de seguimiento de terceros, fingerprinting de hardware o navegador, web beacons ni herramientas de analítica de comportamiento de mercado o publicidad. La telemetría técnica de errores y rendimiento de la Cláusula 5.1 (g) no es analítica de comportamiento de mercado ni publicitaria; su finalidad es exclusivamente la calidad y seguridad del software (artículo 6 de la Ley 1480 de 2011) y se ejecuta únicamente en producción. Lo anterior se entiende sin perjuicio del Tratamiento que el Usuario realice sobre Contenido Judicial en su propio dispositivo, descrito en las Cláusulas 4.3 (d) y 4.3 (e).
5.3 (0). Aviso de privacidad previo. Antes de presentar al Usuario las casillas de autorización de la Cláusula 5.3, la Aplicación despliega un Aviso de Privacidad que cumple el contenido mínimo del artículo 14 del Decreto 1377 de 2013 e incluye: (i) identidad y datos de contacto del Responsable del Tratamiento conforme a la Cláusula 0.2; (ii) tipo de Tratamiento al cual será sometida la información, con enumeración taxativa de los Datos Operativos de la Cláusula 5.1; (iii) finalidad de cada Tratamiento; (iv) derechos del Titular (Cláusula 6) y procedimiento para ejercerlos; (v) carácter facultativo de la respuesta a preguntas sobre datos sensibles y derecho a no responder; (vi) existencia y disponibilidad pública de la Política de Tratamiento de Datos Personales en atalayajudicial.com/politica-de-datos; (vii) mecanismo y plazo para revocar la autorización. El Aviso se entrega antes de cualquier solicitud de marcación afirmativa. Se considerará no otorgada la autorización cuando el Aviso no se haya desplegado o cuando, por error técnico, alguno de sus elementos mínimos no haya sido presentado al Usuario.
5.3. Autorización separada y granular. Durante el onboarding, en pantalla independiente, el Usuario marca casillas separadas, no pre-rellenadas, conforme al artículo 9 de la Ley 1581 de 2012 y al artículo 7 del Decreto 1377 de 2013. Las autorizaciones que la versión actual del Servicio efectivamente solicita son las siguientes:
(a) Autorizo que el navegador de mi dispositivo, ejecutando la Aplicación, consulte directamente los Portales Fuente para los radicados que yo registre, y reconozco que los encabezados estándar de mis solicitudes (IP, User-Agent, marca temporal) quedarán visibles para el operador del Portal Fuente, no para el Equipo.
(b) Autorizo que la Aplicación muestre notificaciones locales del navegador a través de la API estándar Web Notifications cuando otorgue el permiso correspondiente al sitio en mi propio navegador. Reconozco que este permiso lo solicita el navegador directamente, en sesión separada de la aceptación de los Términos, y que puedo revocarlo en cualquier momento desde la configuración del navegador o de la Aplicación.
(c) Autorizo, únicamente cuando la Aplicación se ejecute en el entorno identificado como "producción", el Tratamiento de Datos Operativos a través de Sentry para reportes de error y métricas técnicas de rendimiento, conforme a la Cláusula 5.1 (g).
(d) Autorizo la transmisión internacional descrita en la Cláusula 5.4 a los servidores de Sentry en los Estados Unidos de América, exclusivamente para las finalidades del literal (c) anterior.
(e) (Voluntaria, por evento) Autorizo, cada vez que pulse "Enviar comentarios" y complete el formulario, la transmisión de mi nombre, mi correo electrónico, el contenido del comentario y, si lo marco expresamente, una captura de la ventana actual del navegador, conforme a la Cláusula 5.1 (h).
La atención de requerimientos de autoridad competente se efectúa en cumplimiento de obligación legal y no constituye finalidad sujeta a autorización. El Usuario puede revocar cualquiera de estas autorizaciones desde "Configuración → Privacidad" sin afectar el resto del Servicio. La revocatoria de (c) y (d) desactiva el envío a Sentry en el dispositivo del Usuario; la revocatoria de (b) deja inoperante la funcionalidad de notificaciones; la revocatoria de (a) implica abstenerse de utilizar el Servicio. Hasta tanto el Equipo despliegue la interfaz de consentimiento granular descrita en este 5.3, conforme al cronograma de la Cláusula 27, el entorno de producción de la Aplicación permanece configurado para que (c) y (d) operen con autorización implícita en la aceptación íntegra de los presentes Términos, con derecho del Usuario a revocar inmediatamente desde "Configuración → Privacidad → Telemetría" o eliminando el consentimiento desde su navegador.
5.4. Transmisión internacional vía Sentry (artículo 26 de la Ley 1581 de 2012).
(a) La Bóveda no se transmite a terceros; reside en el dispositivo del Usuario.
(b) La telemetría descrita en la Cláusula 5.1 (g) y el formulario de retroalimentación descrito en la Cláusula 5.1 (h) implican la transmisión de Datos Operativos al servicio Sentry, operado por Functional Software, Inc. con domicilio en Estados Unidos de América. Sentry actúa como Encargado del Tratamiento respecto de la telemetría y del feedback voluntario, conforme al contrato de tratamiento publicado en sentry.io/legal y a las cláusulas contractuales tipo que Sentry adopta para sus clientes globales.
(c) Los Estados Unidos no figuran actualmente en la lista publicada por la SIC de países con nivel adecuado de protección, conforme a la Circular Externa 005 de 2017 de la SIC. La transmisión se ampara, de manera concurrente, en (i) la autorización específica del Titular otorgada en la Cláusula 5.3 (d), conforme al artículo 26 literal a) de la Ley 1581 de 2012; (ii) la excepción de cumplimiento del contrato entre Titular y Responsable (artículo 26 literal b) de la Ley 1581 de 2012), siendo la operación de un canal de calidad y seguridad del software una prestación accesoria del Servicio aceptado; y (iii) las salvaguardas contractuales y técnicas declaradas por Functional Software, Inc., equivalentes a estándares internacionales —entre ellas, cláusulas contractuales tipo y compromisos de seguridad publicados en sus políticas.
(d) Mitigaciones técnicas del Equipo: (i) habilitar el SDK únicamente en entorno de producción; (ii) configurar tasa de muestreo de trazas de rendimiento al diez por ciento (10%); (iii) no incluir deliberadamente Datos del Usuario ni Contenido Judicial en los mensajes de error; (iv) advertir expresamente al Usuario, antes del envío voluntario de feedback, que la captura de pantalla puede contener información sensible visible en la ventana al momento de la captura; (v) atender solicitudes de supresión sobre eventos almacenados en Sentry en los plazos del artículo 14 de la Ley 1581 de 2012.
(e) El Usuario puede revocar este consentimiento en cualquier momento desactivando la telemetría desde "Configuración → Privacidad → Telemetría" o desinstalando la PWA; ello no afecta la prestación del resto del Servicio. La revocatoria se hace efectiva en su dispositivo al siguiente arranque de la Aplicación.
(f) Web Push (no aplicable). En la versión actual del Servicio el Equipo no opera canal Web Push. Si en el futuro el Equipo decidiera incorporar Web Push, ello implicará transmisión internacional al servicio Apple Push Notification (Apple Inc., Estados Unidos) y/o a Firebase Cloud Messaging (Google LLC, Estados Unidos e Irlanda u otras jurisdicciones que el navegador del Usuario seleccione). Dicha incorporación requerirá modificación de los presentes Términos conforme a la Cláusula 3.4, autorización afirmativa separada del Usuario en los términos del artículo 26 de la Ley 1581 de 2012 y cifrado extremo a extremo de la carga útil conforme al RFC 8291.
5.5. No envío de comunicaciones comerciales. El Equipo no envía notificaciones, correos o mensajes de carácter comercial al Usuario por ningún canal. Si en el futuro decidiera enviarlos, requerirá autorización adicional, separada, afirmativa, expresa y previa conforme a la Ley 2300 de 2023.
5.6. Régimen de información financiera. El Equipo no recolecta, administra ni circula información financiera, crediticia, comercial, de servicios o proveniente de terceros países, conforme a la enumeración del artículo 2 de la Ley 1266 de 2008.
6. Derechos del Titular (Ley 1581 de 2012)
6.1. Como Titular de los Datos Operativos, el Usuario y cualquier Titular tercero pueden ejercer los derechos del artículo 8 de la Ley 1581 de 2012: conocer, actualizar y rectificar, solicitar prueba de la autorización, ser informado del uso, presentar quejas ante la SIC, revocar la autorización, solicitar la supresión y acceder gratuitamente a sus datos.
6.2. Canales. Las solicitudes pueden dirigirse a:
(a) Correo: privacidad@atalayajudicial.com.
(b) Dirección física señalada en la Cláusula 0.2.
(c) Formulario público en atalayajudicial.com/titular.
Los plazos legales se consolidan en la tabla de la Cláusula 19.
6.3. Sobre la Bóveda. Las solicitudes de acceso, rectificación o supresión sobre el contenido de la Bóveda deben ser ejecutadas por el propio Usuario desde su dispositivo. Para los Datos Operativos y para los datos de Titulares terceros en flujo técnico, el Equipo atiende la solicitud directamente conforme a la Cláusula 4.3 (d).
6.4. RNBD. A la fecha de publicación de estos Términos, el responsable del Servicio no está obligado a inscribirse en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), conforme al artículo 2.2.2.26.3.1 del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 090 de 2018. El Equipo se compromete a inscribirse dentro de los plazos legales si en el futuro supera el umbral de obligatoriedad y a publicar tal hecho en status.atalayajudicial.com/cumplimiento. La revisión interna se realiza al 31 de marzo de cada año calendario.
6.5. Requerimientos de autoridad sobre Usuarios. Cuando una autoridad judicial o disciplinaria competente requiera al Equipo información sobre un Usuario, el Equipo: (i) verificará la procedencia legal del requerimiento; (ii) entregará exclusivamente los Datos Operativos bajo su control técnico, dentro del término legal; (iii) notificará al Usuario afectado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, salvo orden expresa de reserva; (iv) publicará un informe de transparencia anual con el número agregado de requerimientos atendidos por tipo de autoridad, sin revelar identidades.
7. Prohibición a menores de edad
7.1. El Servicio está dirigido a personas mayores de dieciocho (18) años. Está prohibido el uso de la Aplicación por niños, niñas y adolescentes (artículo 12 del Decreto 1377 de 2013; artículos 7 y 33 de la Ley 1098 de 2006).
7.2. La Aplicación implementa una declaración de edad obligatoria al primer acceso y un canal de denuncia accesible para reportar uso por menores. El Equipo procede a la suspensión inmediata ante cualquier indicio razonable, sin requerir solicitud formal del representante legal.
8. Consulta de información judicial pública
8.1. Al utilizar la Aplicación, el Usuario instruye al Equipo para que, en su nombre y por su cuenta, consulte información judicial pública en los Portales Fuente. Esta consulta se realiza en ejercicio de los derechos fundamentales del Usuario (artículos 20, 23 y 74 de la Constitución; Ley 1712 de 2014; Ley 1755 de 2015).
8.2. Las actuaciones, providencias y demás piezas procesales son información pública por mandato del artículo 228 de la Constitución, del artículo 64 de la Ley 270 de 1996, del artículo 64 del Código General del Proceso y del artículo 24 de la Ley 1437 de 2011.
8.3. La Aplicación únicamente accede a endpoints, formularios y servicios que la Rama Judicial ha dispuesto públicamente, sin autenticación, sin credenciales, sin contraseña, sin token y sin mecanismo de autorización individual previa. La Aplicación no realiza, no intenta ni intentará: (i) acceso a sistemas internos, intranets o áreas restringidas; (ii) elusión, ruptura o desactivación de medidas tecnológicas de protección o controles de acceso; (iii) explotación de vulnerabilidades; (iv) suplantación de servidores judiciales; (v) modificación, alteración, supresión o daño de datos en los sistemas de la Rama Judicial.
8.4. Compromiso técnico verificable de raspado respetuoso. El Equipo se obliga a:
(i) Programar la Aplicación para mantener un espaciamiento mínimo verificable de trece (13) segundos entre solicitudes consecutivas dirigidas al mismo endpoint de un Portal Fuente desde el navegador del Usuario, mediante el limitador por bucket implementado en la Aplicación y el respaldo exponencial automático ante respuestas HTTP 429 o 503;
(ii) Concentrar las consultas automáticas programadas en la ventana 22:00–06:00 hora de Colombia, salvo solicitud explícita del Usuario en tiempo real;
(iii) Publicar y mantener actualizadas en status.atalayajudicial.com/operacion las cifras de límite por usuario, espaciamiento mínimo y respaldo aplicado por la versión vigente de la Aplicación;
(iv) Implementar un mecanismo de freno automático (circuit breaker) que suspenda temporalmente las consultas a un endpoint tras una secuencia de fallos consecutivos del Portal Fuente, conforme al cronograma de la Cláusula 27;
(v) Revisar periódicamente las directivas técnicas publicadas por la Rama Judicial (incluida la eventual publicación de un robots.txt aplicable). Si la Rama Judicial estableciere expresamente, mediante directiva técnica o acto administrativo, una prohibición de consulta automatizada con propósitos legítimos del Usuario, el Equipo evaluará y, en su caso, ajustará o suspenderá el Servicio dentro de los treinta (30) días siguientes a la entrada en vigor;
(vi) Publicar mensualmente, una vez activado el reporte trimestral de la Cláusula 27, el volumen agregado de consultas realizadas a cada Portal Fuente para escrutinio público.
8.5. Cumplimiento expreso de la Resolución SIC 63771 de 2022. El Equipo declara que el Servicio se diseñó conforme a la doctrina de la Superintendencia de Industria y Comercio contenida en la Resolución 63771 del 5 de octubre de 2022 y a sus pronunciamientos concordantes en materia de consulta automatizada de información judicial pública. En particular:
(i) Postura bring-your-own-radicado. El Equipo no realiza, no ha realizado y no realizará consultas masivas, exploratorias, secuenciales ni indexación general del portal de la Rama Judicial. Cada consulta se origina exclusivamente en un radicado que el Usuario ha registrado previamente en su Bóveda, bajo declaración de interés legítimo conforme a la Cláusula 9.1.
(ii) Filtrado en memoria. Cuando un endpoint del Portal Fuente devuelva resultados que excedan el radicado solicitado por el Usuario (por ejemplo, listados por sujeto procesal), la Aplicación filtra los resultados en memoria y descarta, antes de cualquier persistencia local, las filas que no correspondan al radicado registrado. Estos descartes no se almacenan, no se indexan y no se exponen.
(iii) No re-exposición pública. El Equipo no publica, no ofrece consulta libre ni cede a terceros, datos personales de sujetos procesales obtenidos del Portal Fuente. El Contenido Judicial únicamente se devuelve al dispositivo del Usuario que registró el radicado.
(iv) Identificación y ritmo. Las peticiones HTTP al Portal Fuente se realizan con User-Agent identificable y con el ritmo definido en la Cláusula 8.4, sin elusión de medidas técnicas (Cláusula 8.3).
(v) Atención a Titular tercero y procedimiento de exclusión. El Equipo opera el canal de la Cláusula 4.3 (d) y los plazos agravados de la Cláusula 4.3 (e) (iii) para garantizar oposición, supresión y exclusión de radicados.
9. Obligaciones del Usuario y legitimación
9.1. El Usuario se compromete a utilizar el Servicio únicamente para consultar y monitorear radicados en los que ostente interés legítimo, en alguna de las siguientes calidades: (i) parte procesal; (ii) apoderado judicial debidamente facultado; (iii) abogado titular del proceso; (iv) representante legal de persona jurídica parte; (v) heredero, causahabiente o sucesor procesal; (vi) ciudadano interesado al amparo del artículo 228 de la Constitución, siempre que el uso no afecte la dignidad ni los derechos fundamentales de los Titulares de los datos. Esta declaración es manifestación contractual de uso aceptable, no juramento bajo la Ley 1755 de 2015; sin embargo, el Usuario reconoce que tiene la naturaleza de manifestación contractual y que su falsedad puede generar las consecuencias del artículo 296 del Código General del Proceso y de la Cláusula 18, cuando concurran sus requisitos.
9.2. Prohibiciones. Queda prohibido al Usuario utilizar el Servicio para: (i) vigilancia, monitoreo, recopilación, perfilamiento o agregación sobre procesos de terceros sin interés legítimo; (ii) doxing, acoso o perfilamiento de contrapartes ajenas; (iii) periodismo investigativo no autorizado sobre personas determinadas; (iv) recopilación masiva con fines comerciales no consentidos; (v) discriminación o vulneración de derechos fundamentales de terceros; (vi) comercialización de bases de datos elaboradas a partir de información extraída por el Servicio; (vii) consultas masivas, automatizadas o de raspado contrarias a los términos de los Portales Fuente.
9.3. Controles ex-ante implementados.
(a) Rate-limit por instalación: tope diario de consultas distintas por identificador de instalación (Cl. 5.1 (f)), ajustable en función de patrones detectados.
(b) Declaración por radicado: al añadir un radicado, el Usuario marca su rol declarado (parte / apoderado / heredero / interés ciudadano informado / otro), generando una pista de auditoría asociada.
(c) Confirmación de aceptación de los presentes Términos al crear la Bóveda por primera vez en cada navegador o instalación PWA, y a cada modificación material, conforme a la Cláusula 3.
(d) Detección de patrones anómalos: el Equipo monitorea internamente comportamientos compatibles con monitoreo masivo o doxing y puede suspender el Servicio conforme a la Cláusula 19.
9.4. El Usuario que sea abogado en ejercicio reconoce que continúa sometido a sus deberes profesionales (artículos 28, 30 y 34 de la Ley 1123 de 2007), en especial al deber indelegable de vigilancia diligente de los procesos a su cargo.
9.5. El Equipo se obliga a presentar, durante el onboarding y en la documentación dirigida a abogados, una advertencia destacada sobre el carácter complementario y no sustitutivo del Servicio frente al deber indelegable de vigilancia (Ley 1123 de 2007). En atalayajudicial.com/abogados se publica una guía de uso compatible con deberes profesionales.
9.6. El Usuario es responsable del uso que haga de la Aplicación conforme a sus deberes legales, en particular bajo la Ley 1581 de 2012, la Ley 1273 de 2009 y la Ley 1712 de 2014. Esta responsabilidad opera sin perjuicio de las responsabilidades propias del Equipo como Responsable del Tratamiento sobre los Datos Operativos y como Encargado concurrente sobre el flujo técnico de la Cláusula 4.3 (d). El Equipo coopera con las autoridades competentes ante cualquier requerimiento.
10. Carácter referencial — no es notificación oficial
10.1. Toda información presentada por la Aplicación tiene carácter referencial e informativo. La fuente formal y vinculante de las actuaciones judiciales es, en orden de prelación: (i) la notificación electrónica oficial efectuada por el despacho conforme a la Ley 2213 de 2022; (ii) el expediente digital en el sistema oficial de la Rama Judicial; (iii) el expediente físico cuando aplique; (iv) las constancias secretariales y comunicaciones suscritas por el servidor judicial competente.
10.2. Las alertas o notificaciones de la Aplicación no son, no sustituyen ni complementan jurídicamente las notificaciones reguladas por los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 2213 de 2022, ni las notificaciones por estado, edicto, estrado, personal, ni ninguna otra forma de notificación procesal. El cómputo de términos procesales se rige exclusivamente por las normas procesales aplicables.
10.3. Se recomienda al Usuario verificar en la fuente oficial antes de adoptar decisiones procesales relevantes. En caso de discrepancia, prevalece la información oficial. Esta cláusula es advertencia informativa y no exonera al Equipo de su responsabilidad por hechos imputables conforme a la ley aplicable.
11. Propiedad intelectual y licencia de uso
11.1. La Aplicación es una obra protegida como programa de computador (artículos 2 y 23 de la Ley 23 de 1982; artículo 4 de la Decisión Andina 351 de 1993; artículo 23 de la Ley 1915 de 2018). El Equipo conserva la titularidad exclusiva de los derechos morales y patrimoniales sobre la Aplicación.
11.2. El Equipo otorga al Usuario una licencia limitada, no exclusiva, intransferible, revocable únicamente por las causales taxativas y conforme al procedimiento de la Cláusula 19 (incumplimiento grave verificable, requerimiento ejecutoriado de autoridad, o cese definitivo del Servicio), no sublicenciable, gratuita y de alcance personal o profesional interno para acceder a la Aplicación y utilizarla conforme a su finalidad. Esta licencia no comprende reproducción, distribución a terceros, obras derivadas comerciales, transformación con fines de explotación, ni puesta a disposición de terceros mediante reventa, alquiler, leasing, marca blanca, franquicia o SaaS.
11.3. Queda prohibido al Usuario: (a) realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar el Servicio, salvo en los supuestos imperativos de interoperabilidad del artículo 6 de la Decisión Andina 351 de 1993 y del artículo 24 de la Ley 1915 de 2018; (b) vulnerar mecanismos de cifrado para acceder a datos de otros usuarios (artículos 269A a 269H del Código Penal); (c) realizar raspado, crawling o consultas masivas sobre el propio Servicio o evadir sus límites; (d) eliminar o alterar avisos de copyright, marcas o créditos.
11.4. Datos del Usuario. El Usuario conserva la totalidad de los derechos sobre los Datos del Usuario. El Equipo no reclama titularidad ni explotación comercial. El Usuario otorga al Equipo una licencia limitada, gratuita, no exclusiva y revocable para almacenar y mostrar dichos Datos al propio Usuario, con el único fin de prestar el Servicio.
11.5. Contenido Judicial. El Equipo no es titular del Contenido Judicial; actúa como intermediario técnico. El uso del Contenido Judicial conforme a su carácter público (artículo 228 de la Constitución; Ley 1712 de 2014; artículo 64 de la Ley 270 de 1996) queda salvaguardado. Queda prohibido al Usuario redistribuir comercialmente o vender por suscripción el Contenido Judicial cuando dicha redistribución vulnere derechos de terceros o normas de protección de datos.
12. Marca "Atalaya Judicial"
12.1. Signos distintivos. "Atalaya Judicial", el isotipo, el logotipo, los colores corporativos, los nombres de dominio y demás elementos de imagen son signos distintivos protegidos por la Decisión Andina 486 de 2000, la Ley 1915 de 2018 y la Ley 256 de 1996. Queda prohibido al Usuario: (a) utilizar la marca o cualquier signo confundible para identificar productos o servicios; (b) registrar como marca, nombre de dominio, nombre comercial o usuario expresiones idénticas o similares susceptibles de generar riesgo de confusión; (c) realizar actos de dilución, parasitismo o competencia desleal.
12.2. Acceso al Servicio. El acceso al Servicio se rige exclusivamente por estos Términos. Ninguna disposición de los presentes Términos otorga al Usuario derecho de copia, redistribución, modificación, descompilación, ingeniería inversa, ni puesta a disposición de terceros del software que opera la Aplicación, salvo en los supuestos imperativos previstos en la Cláusula 11.3.
13. No entrenamiento de inteligencia artificial
13.1. El Equipo no entrena, ni autoriza a terceros a entrenar, modelos de inteligencia artificial, redes neuronales o sistemas de aprendizaje automático utilizando los Datos del Usuario ni el Contenido Judicial recolectado para cuentas individuales.
13.2. El Usuario no otorga al Equipo licencia alguna para utilizar sus datos en entrenamiento. Cualquier uso futuro requerirá consentimiento previo, expreso, informado e inequívoco mediante mecanismo de consentimiento expreso afirmativo separado, sobre datos anonimizados y agregados que impidan reidentificación.
13.3. Esta cláusula no impide el uso de métricas técnicas anónimas (tasa de error, latencia, frecuencia de fallos del scraper) que no constituyan datos personales ni Datos del Usuario.
13.4. El Equipo publica en status.atalayajudicial.com/transparencia al 31 de marzo de cada año calendario el cumplimiento de esta cláusula, incluyendo la ausencia de pipelines de entrenamiento sobre Datos del Usuario o Contenido Judicial.
14. Servicio "tal cual" con garantías legales
14.1. El Servicio se entrega al Usuario en su estado actual, conforme al estado del arte de la técnica al momento de cada acceso. El Equipo reconoce que la garantía legal de idoneidad y seguridad del artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 no puede excluirse contractualmente. Para evitar dudas, dicha garantía se interpreta respecto del objeto preciso definido en la Cláusula 2 —consulta automatizada referencial de información pública con mejor esfuerzo razonable— y no respecto de un resultado de detección o entrega exhaustiva, el cual depende de los factores externos enumerados en la Cláusula 14.3 y se aclara en la Cláusula 26. Se deja constancia expresa de que las normas de la Ley 1480 de 2011 son de orden público conforme a su artículo 4 y prevalecen sobre cualquier pacto en contrario incluido en estos Términos.
14.2. El Equipo no otorga garantía comercial voluntaria adicional a las garantías legales mínimas e indisponibles previstas en la Ley 1480 de 2011.
14.3. Sin que ello implique renuncia a la garantía legal del artículo 6 de la Ley 1480 de 2011, el Usuario reconoce que existen factores externos que pueden afectar la prestación del Servicio:
(a) Disponibilidad y cambios técnicos que la Rama Judicial introduzca en sus portales;
(b) Funcionamiento de los servicios Web Push provistos por Apple y Google y configuraciones del dispositivo del Usuario (modo "no molestar", ahorro de batería, restricciones del sistema operativo);
(c) Corrección de cálculos del calendario judicial cuando dependan de eventos locales no publicados oficialmente o de circulares de despacho específicas;
(d) Compatibilidad con versiones futuras de navegadores o sistemas operativos.
Ante una falla, el Usuario podrá reclamar conforme a la Cláusula 22 y a las acciones de la Ley 1480 de 2011.
14.4. Las cifras y métricas que el Equipo publique en marketing o en la página de estado son históricas o referenciales. Para evitar discrepancia con el artículo 30 numeral 4 de la Ley 1480 de 2011, el Equipo se compromete a no publicar cifras absolutas ni porcentuales en marketing salvo que estén respaldadas por la metodología pública del reporte trimestral de la Cláusula 27 y publicadas con metodología y fecha de corte.
15. Responsabilidad contractual y extracontractual
15.1. El Equipo responderá por los perjuicios directos previsibles efectivamente causados por dolo o culpa grave imputables a su acción u omisión (artículos 1604 y 1616 del Código Civil). No se excluye ni limita la responsabilidad por dolo o culpa grave (artículo 1522 del Código Civil), tanto en sede contractual como, en cuanto sea legalmente posible, en sede extracontractual.
15.2. En ausencia de dolo o culpa grave, y en aplicación del artículo 1616 del Código Civil, el Equipo no responderá por daños indirectos, mediatos, consecuenciales ni por lucro cesante, incluyendo: la pérdida de oportunidad procesal cuando sea imputable a la diligencia profesional indelegable del abogado (Ley 1123 de 2007), las sanciones disciplinarias impuestas al Usuario por hecho propio, los honorarios pagados a terceros y los perjuicios derivados de actuaciones u omisiones procesales del Usuario. Esta limitación no aplica cuando el daño sea imputable a dolo o culpa grave del Equipo.
15.3. El Equipo tampoco responderá por: (a) daños constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito en los términos restrictivos de la Cláusula 17; (b) daños causados por uso indebido, contrario a estos Términos o ilícito por parte del Usuario; (c) daños causados por terceros ajenos a la operación del Equipo (proveedores de telemetría o de servicios futuros de Web Push fuera del control técnico y no resolubles mediante reintentos razonables, redes, dispositivos y software del Usuario); (d) acceso no autorizado a la Bóveda derivado de malware, robo o pérdida del dispositivo, observación visual no autorizada de pantalla por terceros (shoulder-surfing), contraseñas débiles, sincronización con servicios de nube de terceros contratados por el Usuario, o vulnerabilidades del navegador o sistema operativo no actualizados. Esta enumeración no exonera al Equipo cuando el daño resulte de dolo o culpa grave imputables a él en los términos del artículo 1522 del Código Civil; en tal supuesto, prevalece la regla del numeral 15.1.
15.4. No se establece tope monetario simbólico. La cuantía se determina por la entidad del daño efectivamente causado conforme a las reglas generales de los artículos 1604 y 1616 del Código Civil y, cuando aplique, del Estatuto del Consumidor. Se preserva expresamente el derecho del Usuario de acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de las acciones administrativas y jurisdiccionales que la Ley 1480 de 2011 y la Ley 1581 de 2012 le confieren, así como su derecho a la acción judicial ordinaria.
16. Exclusión de relación profesional abogado-cliente
16.1. El uso del Servicio no genera, no constituye y no puede ser interpretado como una relación profesional abogado-cliente, mandato judicial, poder, representación, prestación de servicios profesionales jurídicos, asesoría legal, consultoría ni ejercicio profesional de la abogacía (Decreto 196 de 1971; Ley 1123 de 2007).
16.2. El Equipo no presta asesoría jurídica. La información mostrada por la Aplicación es una representación visual de datos públicos publicados por la Rama Judicial.
16.3. El Usuario reconoce que la vigilancia, control y cumplimiento de los términos judiciales, plazos procesales, traslados, notificaciones, ejecutorias y actuaciones procesales son de su responsabilidad personal e indelegable conforme a la Ley 1123 de 2007 cuando el Usuario sea abogado. El Servicio no sustituye la diligencia profesional del abogado. Este reconocimiento es estructural y deriva de la ley, no de una transferencia contractual de responsabilidad del Equipo al Usuario.
16.4. El Usuario que no sea abogado reconoce que la información mostrada no constituye asesoría jurídica y que, para cualquier decisión con efectos legales, debe consultar a un abogado titulado e inscrito.
16.5. No invocación de secreto profesional. Por no ser servicio profesional de abogacía conforme al Decreto 196 de 1971 ni a la Ley 1123 de 2007, el Equipo de Atalaya Judicial no se encuentra amparado por el secreto profesional del abogado respecto del Contenido Judicial ni de los Datos Operativos que trata. Las obligaciones de confidencialidad del Equipo derivan exclusivamente del régimen de habeas data (Ley 1581 de 2012), de las cláusulas contractuales del presente documento y, cuando aplique, de las normas penales (artículos 192 a 197 del Código Penal). Esta declaración es recíproca a la Cláusula 16.1.
17. Fuerza mayor y caso fortuito
17.1. Se entenderán como fuerza mayor o caso fortuito, exonerantes de responsabilidad conforme al artículo 64 del Código Civil (modificado por el artículo 1 de la Ley 95 de 1890), únicamente los hechos que cumplan los requisitos jurisprudenciales de imprevisibilidad, irresistibilidad y exterioridad respecto del control operativo del Equipo.
17.2. A título ilustrativo y no como exoneración automática, podrán constituir fuerza mayor: (a) la indisponibilidad o caída de los Portales Fuente, los bloqueos de IP, captchas o restricciones técnicas que dichos portales impongan; (b) los actos de autoridad pública que ordenen suspensión, modificación o cese del Servicio; (c) las pandemias, suspensiones de términos judiciales decretadas por el Consejo Superior de la Judicatura, paros judiciales y vacancia judicial; (d) los cortes de servicio del proveedor de internet del Usuario; (e) los apagones generalizados de los proveedores de Web Push (Apple, Google) únicamente cuando sean ajenos al control del Equipo y no resolubles mediante reintentos razonables.
17.3. No constituyen fuerza mayor, salvo prueba en contrario que cumpla estrictamente los requisitos del artículo 64 del Código Civil: (a) los fallos del propio servidor o infraestructura del Equipo; (b) los defectos del código operado por el Equipo; (c) los errores de configuración o de integración con servicios de terceros que el Equipo eligió libremente; (d) las vulnerabilidades de seguridad explotadas por causa de mala configuración o falta de mantenimiento. Estos eventos se gestionan conforme a las Cláusulas 20 y 27.
17.4. El Equipo mantiene planes de contingencia documentados frente a cambios del portal de la Rama Judicial y publica en su página de estado cualquier indisponibilidad cuya duración exceda sesenta (60) minutos.
18. Indemnidad por uso indebido atribuible al Usuario
18.1. Cuando el Usuario actúe fuera de la calidad de consumidor y exista decisión administrativa o judicial ejecutoriada que declare que el Usuario incurrió en alguno de los siguientes supuestos exclusivamente atribuibles a él, el Usuario reembolsará al Equipo los costos directos efectivamente acreditados de defensa frente a reclamaciones de terceros derivadas de:
(a) Acceso por el Usuario a datos de terceros sin interés legítimo (Cláusula 9.1) o uso para doxing, acoso o perfilamiento prohibido (Cláusula 9.2);
(b) Uso automatizado abusivo o intento de eludir los controles de la Cláusula 9.3;
(c) Violación de los compromisos de uso aceptable de los presentes Términos.
En ausencia de decisión ejecutoriada, esta cláusula no se activa y el Equipo asume sus costos de defensa con cargo a su propia operación. El reembolso aquí pactado se limita a los costos directos efectivamente acreditados y no comprende lucro cesante, daño moral del Equipo, ni honorarios contingentes. La obligación de reembolso del Usuario no opera cuando concurra dolo o culpa grave del Equipo (artículo 1522 del Código Civil) en la causación del litigio.
18.2. Esta cláusula: (a) no aplica cuando el Usuario actúe en calidad de consumidor; (b) no comprende quejas, requerimientos o sanciones de autoridad pública dirigidos al Equipo por su propia conducta o por sus deberes propios como Responsable o Encargado; (c) no comprende honorarios distintos de los generados directamente por hecho exclusivo del Usuario.
18.3. El Equipo cooperará con las autoridades competentes ante cualquier requerimiento. La presente cláusula no priva al Usuario de su derecho a presentar quejas, reclamos o acciones administrativas o judiciales.
18.4. Indemnidad concurrente para Usuarios Internacionales. Para Usuarios Internacionales en los términos de la Cláusula 23-bis, la indemnidad territorial de la Cláusula 23-bis.8 opera de manera concurrente con la presente Cláusula 18, sin que ello extienda las protecciones de la Ley 1480 de 2011 a personas no domiciliadas en Colombia.
19. Preavisos, suspensión, modificación y terminación
19.1. Tabla consolidada de preavisos.
| Supuesto | Plazo de preaviso | Notificación adicional | Norma o cláusula |
|---|---|---|---|
| Modificación material que reduce derechos del Usuario | 30 días calendario | Re-aceptación afirmativa al primer ingreso (Cl. 3.4) | Cl. 3.4; art. 50 Ley 1480 |
| Modificación no material | 15 días calendario | Aviso in-app | Cl. 3.4 |
| Suspensión o terminación al Usuario por incumplimiento | 30 días calendario | Solicitud previa de explicación | Cl. 19.2 |
| Suspensión inmediata excepcional por riesgo grave, inminente y técnicamente verificable | 0 días | Notificación motivada al Usuario afectado dentro de 48 horas + canal de impugnación | Cl. 19.3 |
| Cese definitivo del Servicio | 30 días calendario | Funcionalidad de exportación local activa durante el plazo | Cl. 19.4 |
| Modificación o suspensión por orden ejecutoriada de autoridad | El que ordene la autoridad | Publicación simultánea de la motivación | Cl. 3.4 |
| Respuesta a consultas del Titular (Ley 1581) | 10 días hábiles | Prorrogables por 5 días hábiles | Art. 14 Ley 1581 |
| Respuesta a reclamos del Titular (Ley 1581) | 15 días hábiles | Prorrogables por 8 días hábiles | Art. 15 Ley 1581 |
| Notificación a la SIC en incidente de seguridad | 15 días hábiles | Postmortem público según Cl. 27 | Art. 17 lit. n) Ley 1581 |
| Atención a Titular tercero (Cl. 4.3 d) y exclusión por radicado | 15 días hábiles | Notificación al Usuario afectado dentro de 72 horas | Cl. 4.3 (d) |
| Revocatoria de autorización del Titular (Cl. 5.3) | Inmediata desde la solicitud | Confirmación al Usuario | Art. 9 Ley 1581 |
| Portabilidad de Datos Operativos (extensión interpretativa del derecho de acceso, Cl. 6.1) | 15 días hábiles | Entrega en formato JSON o CSV | Art. 8 lit. a) Ley 1581 |
Cuando concurran dos supuestos, el plazo aplicable será el mayor entre los aplicables, salvo orden de autoridad o riesgo grave inminente, en cuyo caso rige el menor.
19.2. Suspensión o terminación por incumplimiento. El Equipo podrá suspender o terminar la licencia, dando preaviso de 30 días calendario, en caso de (a) incumplimiento grave y verificable de las prohibiciones de las Cláusulas 9, 11, 12 y 13, previa solicitud de explicación; (b) requerimiento ejecutoriado de autoridad competente.
19.3. Suspensión inmediata excepcional. Solo procederá ante riesgo grave, inminente y técnicamente verificable a la integridad del Servicio o de los datos de otros Usuarios. El Equipo notifica dentro de las 48 horas siguientes con causa específica, motivación y canal de impugnación.
19.4. Cese definitivo. El Equipo dará preaviso de 30 días calendario, durante los cuales mantendrá operativa la funcionalidad de exportación local en formato JSON o CSV. El preaviso se publica en la Aplicación y por los canales habilitados.
20. Notificación de incidentes de seguridad
20.1. En cumplimiento de la guía vigente de la SIC, el Equipo notifica a la SIC dentro de los 15 días hábiles siguientes al conocimiento de un incidente que afecte los Datos Operativos.
20.2. Un compromiso del dispositivo del Usuario por malware o pérdida del dispositivo no constituye incidente imputable al Equipo. Cuando un incidente afecte el servidor proxy o los datos efectivamente tratados, se notificará a los Titulares afectados y se publicará un postmortem público conforme a la Cláusula 27.
21. Procedimiento de notificación y retiro de contenido
21.1. En cumplimiento del régimen de responsabilidad limitada de los proveedores de servicios (artículos 13 y siguientes de la Ley 1915 de 2018; Ley 1520 de 2012), el Equipo adopta un procedimiento de notificación y retiro.
21.2. El titular de derechos podrá enviar notificación a legal@atalayajudicial.com con: (a) identificación del notificante; (b) identificación precisa del contenido a retirar; (c) declaración bajo gravedad de juramento de ser titular o representante autorizado; (d) firma física o digital. Recibida la notificación, el Equipo procede al retiro o inhabilitación expedita y notifica al usuario afectado, quien podrá presentar contranotificación bajo juramento; tras la contranotificación, el contenido podrá restablecerse si el notificante original no inicia acción judicial dentro del plazo legal.
21.3. El Equipo se reserva el derecho de inadmitir notificaciones manifiestamente abusivas o reiteradamente infundadas.
22. Resolución de controversias
22.1. El Usuario podrá comunicarse directamente al canal legal@atalayajudicial.com, donde recibirá acuse de recibo automático con número de ticket interno y plazo de respuesta. El Equipo procurará proponer solución directa dentro de los 30 días calendario siguientes. Esta vía es buena práctica de servicio y no es requisito de procedibilidad. Tampoco constituye requisito de procedibilidad el agotamiento del soporte interno previsto en esta cláusula, ni el plazo de respuesta de los canales de la Cláusula 25. El Usuario puede acudir a la SIC o a la jurisdicción ordinaria en cualquier momento sin notificación previa al Equipo.
22.2. Las partes podrán acudir voluntariamente a un mecanismo de solución alternativa (conciliación, mediación o amigable composición) en el centro autorizado de elección del Usuario, conforme a la Ley 640 de 2001. La conciliación no constituye requisito contractual de procedibilidad.
22.3. El Usuario conserva en todo momento el derecho de acudir directamente a:
(a) La Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de las acciones de protección al consumidor (Ley 1480 de 2011) y de las quejas de protección de datos (Ley 1581 de 2012);
(b) La jurisdicción ordinaria competente, incluida la acción de tutela cuando aplique;
(c) Cualquier otra autoridad competente.
Estos derechos se reconocen como irrenunciables.
22.4. Usuarios Internacionales no-consumidores. Para Usuarios Internacionales que no califiquen como consumidores bajo la ley colombiana o bajo su propia ley local, la resolución de controversias se sujeta adicionalmente a la Cláusula 23-bis.4 (foro exclusivo Medellín) y a la Cláusula 23-bis.9 (renuncia a acciones colectivas).
23. Ley aplicable y jurisdicción
23.1. Los presentes Términos se rigen por la ley colombiana.
23.2. Fuero del consumidor. Cuando el Usuario actúe como consumidor, podrá demandar a su elección en (i) el lugar de cumplimiento del contrato, (ii) el domicilio del Usuario consumidor, o (iii) el domicilio del Equipo, conforme al artículo 56 de la Ley 1480 de 2011 y al artículo 28 del Código General del Proceso. El Equipo no impone foro al Usuario consumidor.
23.3. Cuando el Usuario actúe en su actividad económica habitual y por tanto no califique como consumidor, las controversias se someterán a las reglas generales del Código General del Proceso, sin imposición convencional de foro. Las partes podrán, de común acuerdo y solo después de surgida la controversia, someter el asunto a la jurisdicción del domicilio del Equipo.
23.4. Las disposiciones de las Cláusulas 23.2 y 23.3 se entenderán sin perjuicio de las facultades jurisdiccionales que la SIC ejerce en materia de protección al consumidor (artículo 58 de la Ley 1480 de 2011 y artículo 24 del Código General del Proceso) y en materia de protección de datos personales (artículo 21 de la Ley 1581 de 2012), ante las cuales el Usuario podrá acudir directamente.
23.5. Las disposiciones de esta Cláusula 23 se complementan, para Usuarios Internacionales, con la Cláusula 23-bis. Cuando el Usuario sea residente o domiciliado en Colombia, la Cláusula 23-bis no le aplica y prevalece íntegramente la presente Cláusula 23.
23-bis. Usuarios fuera de Colombia / International Users
Resumen no contractual: Atalaya Judicial se ofrece desde Colombia para residentes en Colombia. Si usted accede desde otro país, lo hace bajo su propio riesgo y bajo ley colombiana. Sus radicados viven cifrados en SU dispositivo: bajo GDPR, CCPA o regímenes equivalentes, usted es el Responsable; nosotros no somos su Encargado. Si necesita un DPA o no puede asumir esa posición, no use el Servicio.
23-bis.1. Ámbito / Scope. Esta Cláusula aplica al Usuario Internacional, definido como aquel cuya residencia habitual, domicilio o ubicación del dispositivo al momento de cada acceso al Servicio se encuentre fuera del territorio de la República de Colombia. Para Usuarios cuya residencia o domicilio sea Colombia —sean o no consumidores en el sentido del artículo 5.3 de la Ley 1480 de 2011—, las Cláusulas 22 y 23 rigen íntegramente y la presente Cláusula 23-bis tiene carácter meramente informativo.
23-bis.2. Acceso voluntario, no oferta dirigida / Voluntary access, no targeted offering. El Servicio es concebido, comercializado y operado desde Medellín, Colombia, en idioma español de Colombia (Cláusula 24.5), con publicidad y materiales dirigidos a residentes en Colombia, sobre información judicial pública emanada exclusivamente de la Rama Judicial colombiana. El Equipo no dirige actividad comercial hacia jurisdicciones específicas extranjeras en el sentido del artículo 6, numeral 1, literal b) del Reglamento (UE) 2016/679 ("RGPD"), del § 1798.140(p) del California Consumer Privacy Act ("CCPA") modificado por el CPRA, ni de cualquier otro régimen equivalente. El Usuario Internacional reconoce que accede al Servicio por su propia voluntad y bajo su propio riesgo.
23-bis.3. Ley aplicable / Choice-of-law. En la máxima medida permitida por la ley imperativa del lugar de residencia del Usuario Internacional, estos Términos se rigen exclusivamente por la ley sustantiva colombiana, con prescindencia de toda regla de conflicto de leyes. Las normas imperativas de orden público de la jurisdicción del Usuario Internacional prevalecen únicamente sobre las disposiciones de estos Términos que dichas normas declaren expresamente ineficaces para un consumidor de esa jurisdicción; el resto de los Términos permanece vigente conforme a la Cláusula 23-bis.10.
23-bis.4. Foro exclusivo / Exclusive forum (no-consumidor). En la máxima medida permitida por su ley local, todo Usuario Internacional que no califique como consumidor bajo la ley colombiana o bajo su propia ley local se somete de manera exclusiva e irrevocable a la jurisdicción de los jueces ordinarios de la ciudad de Medellín, República de Colombia, para toda controversia derivada de o relacionada con estos Términos o con el Servicio, y renuncia expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle por razón del domicilio, la nacionalidad o el lugar de ejecución. El Usuario Internacional que sí califique como consumidor bajo su ley local conserva los derechos de fuero inderogables que esa ley le otorgue, sin que ello extienda las protecciones de la Ley 1480 de 2011 a personas no domiciliadas en Colombia.
23-bis.5. Usuario como Responsable del Tratamiento / User as data controller. El Usuario Internacional reconoce y declara, en concordancia con la Cláusula 4 y con el hecho técnico zero-knowledge allí descrito, que:
(a) La Bóveda y los Datos del Usuario residen exclusivamente en su dispositivo, cifrados con clave derivada de su contraseña (salvo si el Usuario optó por el modo sin contraseña descrito en la Cláusula 4.1 bis);
(b) El Equipo no aloja, replica, respalda ni puede acceder técnicamente a los Datos del Usuario, y, conforme a la Cláusula 4.2, no opera un servidor de proxy de raspado que intermedie las consultas a los Portales Fuente;
(c) Para los efectos del RGPD (UE) 2016/679, del UK GDPR, del CCPA/CPRA, de la LGPD (Lei n.º 13.709/2018 de Brasil), de la PIPEDA canadiense y de cualquier régimen equivalente, el Usuario Internacional actúa como único Responsable / data controller / business / titular do tratamento sobre los Datos del Usuario almacenados en la Bóveda y sobre el Contenido Judicial que su navegador descargue de los Portales Fuente;
(d) El Equipo no actúa como Responsable, Encargado, processor, service provider, contractor, operador ni intermediario respecto de los Datos del Usuario, sino exclusivamente como proveedor de software local que se ejecuta en el dispositivo del Usuario;
(e) El Equipo no ofrece ni suscribirá Acuerdos de Encargo del Tratamiento (Data Processing Agreements, Standard Contractual Clauses, UK IDTA, ni equivalentes) con Usuarios Internacionales. Si la actividad del Usuario Internacional requiere imperativamente la firma de tal instrumento para ser lícita en su jurisdicción, el Usuario Internacional deberá abstenerse de utilizar el Servicio;
(f) Respecto de los Datos Operativos enumerados en la Cláusula 5.1, el Equipo conserva el rol de Responsable bajo la Ley 1581 de 2012. Para efectos de regímenes extranjeros que se autoatribuyan competencia sobre dichos datos, el Equipo invoca la inaplicabilidad del régimen foráneo por ausencia de actividad dirigida (Cláusula 23-bis.2) y, subsidiariamente, las salvaguardas técnicas descritas en la Cláusula 5.4 (d).
23-bis.6. Servicio "tal cual" / AS-IS warranty (Usuario Internacional). Sin perjuicio de la garantía legal del artículo 6 de la Ley 1480 de 2011 a favor de consumidores colombianos (Cláusula 14.1), y en la máxima medida permitida por la ley aplicable al Usuario Internacional, el Servicio se entrega al Usuario Internacional A SU PROPIO RIESGO, "TAL CUAL" Y "SEGÚN DISPONIBLE" ("AS-IS" AND "AS-AVAILABLE"), SIN GARANTÍAS EXPRESAS O IMPLÍCITAS DE NINGÚN TIPO, incluyendo de manera enunciativa y no taxativa garantías de comerciabilidad (merchantability), idoneidad para un propósito particular (fitness for a particular purpose), título (title), no infracción (non-infringement), exactitud, completitud, integridad, disponibilidad continua, ausencia de errores o ausencia de virus. Algunas jurisdicciones no permiten la exclusión de determinadas garantías implícitas; en tales casos, dichas exclusiones no aplican al Usuario Internacional únicamente en la medida en que su ley local lo prohíba imperativamente, subsistiendo el resto.
23-bis.7. Cumplimiento de la ley local del Usuario / User's local-law warranty. El Usuario Internacional declara y garantiza que:
(a) La consulta automatizada, descarga, almacenamiento local y procesamiento del Contenido Judicial colombiano a través del Servicio es lícito conforme a la ley de su residencia habitual y de cualquier territorio desde el cual acceda;
(b) Cuando el Contenido Judicial recuperado incluya datos personales de Titulares terceros, el Tratamiento que el Usuario Internacional realice en su dispositivo es lícito y cuenta con la base de legitimación que su propia ley exija;
(c) El Usuario Internacional no utilizará el Servicio para actividad que su ley local prohíba, incluido —sin limitarse a— exportación o importación de datos sensibles, monitoreo masivo, perfilamiento prohibido o cualquier actividad regulada por sanciones internacionales;
(d) Si cualquier disposición de estos Términos resulta contraria a una norma imperativa de orden público de la jurisdicción del Usuario Internacional, este se compromete a cesar inmediatamente el uso del Servicio, sin generar obligación alguna a cargo del Equipo.
23-bis.8. Indemnidad por uso territorial indebido / Indemnity for territorial misuse. Sin contradecir la Cláusula 18 —que rige íntegramente para Usuarios colombianos—, y adicional a ella para Usuarios Internacionales, el Usuario Internacional indemnizará y mantendrá indemne al Equipo (y a sus colaboradores, miembros y proveedores razonablemente identificados) frente a toda reclamación, sanción administrativa, multa, costo directo efectivamente acreditado y honorario profesional razonable de defensa, derivados de:
(i) La importación, transferencia, almacenamiento o Tratamiento por parte del Usuario Internacional del Contenido Judicial o de los Datos del Usuario en una jurisdicción cuya ley imponga obligaciones específicas al Responsable, al exportador o al importador de datos, cuando dicha actividad sea atribuible exclusivamente al Usuario Internacional;
(ii) Requerimientos, investigaciones o sanciones de autoridades extranjeras (autoridades de protección de datos, fiscales, regulatorias) dirigidas al Equipo por hechos cuyo nexo causal directo sea la conducta del Usuario Internacional fuera de Colombia;
(iii) Reclamaciones de Titulares terceros bajo regímenes ajenos a la Ley 1581 de 2012 (RGPD, UK GDPR, CCPA/CPRA, LGPD, PIPEDA u otros) cuando la causa eficiente del daño sea la conducta del Usuario Internacional;
(iv) Reclamaciones derivadas de que el Usuario Internacional haya distribuido, publicado o cedido a terceros el Contenido Judicial obtenido a través del Servicio en una jurisdicción extranjera.
Esta cláusula no opera: (a) frente a hechos imputables a dolo o culpa grave del Equipo; (b) frente a quejas que un Titular tercero presente al Equipo en ejercicio del canal de la Cláusula 4.3 (d); (c) cuando un foro local del Usuario Internacional repute esta cláusula ineficaz por norma imperativa, en cuyo caso decae únicamente respecto de ese Usuario y esa jurisdicción.
23-bis.9. Renuncia a acciones colectivas / Class-action and collective-arbitration waiver. En la máxima medida permitida por la ley aplicable al Usuario Internacional, este renuncia de manera expresa, individual e informada a iniciar, mantener o participar como demandante o miembro de clase en (i) acciones colectivas (class actions), (ii) arbitrajes colectivos (collective arbitration), (iii) procedimientos representativos (representative proceedings), (iv) acciones consolidadas (consolidated actions) o (v) cualquier procedimiento agregado análogo contra el Equipo, y se obliga a resolver toda controversia exclusivamente de manera individual. Esta renuncia no aplica y se entiende inexistente respecto de:
(a) Acciones populares o de grupo previstas en la Ley 472 de 1998 ejercidas por residentes en Colombia;
(b) Acciones colectivas de protección al consumidor de los artículos 56 y 58 de la Ley 1480 de 2011 ejercidas por consumidores colombianos;
(c) Procedimientos ante la Superintendencia de Industria y Comercio en ejercicio de sus competencias jurisdiccionales (artículo 24 del Código General del Proceso);
(d) Acciones que la ley imperativa del Usuario Internacional repute irrenunciables (entre ellas, las acciones representativas del artículo 80 RGPD y las representative actions de la Directiva (UE) 2020/1828).
En jurisdicciones donde esta renuncia no sea exigible, decae únicamente la renuncia, conservándose el resto de la Cláusula 23-bis.
23-bis.10. Separabilidad reforzada / Severability override. Si una autoridad competente de la jurisdicción del Usuario Internacional declarara ineficaz, abusiva, nula o inaplicable cualquier disposición de esta Cláusula 23-bis, dicha ineficacia se limitará a la jurisdicción específica de tal autoridad y a la disposición concreta afectada, sin extenderse al resto de los Términos, ni a la relación con otros Usuarios Internacionales, ni a la relación con Usuarios colombianos. La regla de reemplazo automático de la Cláusula 24.1 aplica plenamente.
23-bis.11. Idioma / Language. El idioma oficial y único vinculante de estos Términos es el español de Colombia (Cláusula 24.5). Cualquier traducción al inglés u otro idioma se entrega únicamente como cortesía informativa y no constituye versión auténtica. En caso de discrepancia entre versiones, prevalece la versión española, salvo norma imperativa del Usuario Internacional que disponga lo contrario respecto del idioma del contrato.
24. Separabilidad, supervivencia y reconocimiento informado
24.1. Separabilidad y reemplazo automático. Si alguna disposición fuera declarada ineficaz de pleno derecho conforme a los artículos 42 y 43 de la Ley 1480 de 2011, abusiva, nula o inaplicable, esto no afectará la validez de las restantes disposiciones. La disposición afectada se entenderá reemplazada automáticamente por la regla legal supletiva más cercana al espíritu original que sea compatible con la decisión de la autoridad, sin necesidad de modificación expresa. En caso de duda sobre cuál es esa regla supletiva, la elección se hará a favor del Usuario consumidor conforme al artículo 34 de la Ley 1480 de 2011, sin que dicha elección pueda agravar los términos para el Usuario.
24.2. Cláusulas que sobreviven a la terminación. La terminación de la licencia o del Servicio, por cualquier causa, no afectará la vigencia de las siguientes Cláusulas, las cuales subsistirán por su naturaleza:
- Cláusula 0.1 (Glosario), 0.2 (Identificación del proveedor), 1 (Definiciones operativas), 4 (Arquitectura local y régimen de Tratamiento), 5 (Datos Operativos y transmisiones internacionales), 6 (Derechos del Titular), 11 (Propiedad intelectual), 12 (Marca), 13 (No IA), 15 (Responsabilidad), 16 (Exclusión abogado-cliente), 18 (Indemnidad), 20 (Incidentes), 21 (Notificación y retiro), 22 (Resolución de controversias), 23 (Ley aplicable y jurisdicción),23-bis (Usuarios fuera de Colombia), 24 (Separabilidad y supervivencia) y 28 (Marco normativo).
24.3. Estos Términos, junto con la Política de Tratamiento de Datos Personales, constituyen el acuerdo entre el Usuario y el Equipo.
24.4. El no ejercicio o ejercicio tardío de cualquier derecho previsto en estos Términos no constituirá renuncia al mismo.
24.5. El idioma oficial de estos Términos es el español (Colombia).
24.6. Reconocimiento informado y resumen visual. El Equipo presenta durante el onboarding un resumen visual de los puntos clave (gratuidad, no es notificación oficial, vigilancia indelegable del abogado, pérdida de contraseña irreversible, controles de uso aceptable, derechos del consumidor preservados) que el Usuario marca individualmente, con casillas no pre-rellenadas, conforme a la Cláusula 3.
24.7. Versión imprimible y archivo histórico. El Equipo pone a disposición una versión PDF estable de cada versión publicada en atalayajudicial.com/terminos/historial, junto con su hash SHA-256, durante un período mínimo de cinco (5) años desde su retiro. La versión vigente en el momento de la aceptación es la que rige la relación, conforme a la constancia descrita en la Cláusula 3.2.
25. Contacto
25.1. Canales oficiales:
- Privacidad y datos personales:
privacidad@atalayajudicial.com - Asuntos legales, propiedad intelectual y autoridades:
legal@atalayajudicial.com - Atención a Titular tercero:
privacidad@atalayajudicial.como formulario enatalayajudicial.com/titular-tercero - Dirección física de notificación judicial:
[DIRECCION_PENDIENTE](Medellín, Antioquia, Colombia) - Página de estado:
status.atalayajudicial.com - Enlace SIC:
https://www.sic.gov.co(visible en el pie de página de la Aplicación, conforme al parágrafo del artículo 50 de la Ley 1480 de 2011).
25.2. Acuse de recibo y plazos. Todos los canales emiten acuse de recibo automático que incluye: (i) número de ticket interno único; (ii) referencia a la Cláusula aplicable; (iii) plazo legal o contractual de respuesta. Los plazos legales son los consolidados en la tabla de la Cláusula 19. El no funcionamiento del acuse automático no afecta los plazos legales, que correrán desde la efectiva recepción del mensaje por el Equipo.
26. Declaraciones y no-promesas del Equipo
26.1. Para alinear las comunicaciones públicas del Equipo con el alcance de la garantía legal aplicable conforme a la Cláusula 14.1, el Equipo declara:
(a) El Servicio realiza el mejor esfuerzo razonable de detección conforme al estado del arte, sujeto a los factores externos de la Cláusula 14.3, y no ofrece resultado de detección exhaustiva.
(b) La entrega de notificaciones Web Push depende de Apple, Google, del navegador, del sistema operativo y de configuraciones del dispositivo del Usuario.
(c) Las cifras y porcentajes de disponibilidad, frecuencia o "alerta más rápida" que se publiquen integran el contrato conforme al artículo 30 numeral 4 de la Ley 1480 de 2011 y, por tanto, solo se publicarán cuando estén respaldadas por la metodología pública del reporte trimestral de la Cláusula 27 y se publiquen acompañadas de fecha de corte.
(d) El Servicio no es un sistema oficial de notificaciones. Las notificaciones del Servicio no sustituyen las notificaciones de la Ley 2213 de 2022.
(e) El Servicio no reemplaza el deber profesional del abogado ni la vigilancia personal del proceso por las partes.
(f) Toda referencia a "vigilancia" en materiales informativos debe entenderse como descripción coloquial de la consulta automatizada referencial.
26.2. En caso de discrepancia entre estas declaraciones y cualquier comunicación de marketing, prevalecerá la versión más favorable al Usuario, conforme al artículo 34 de la Ley 1480 de 2011.
26.3. Silencio y promesas tácitas. La ausencia de mención expresa de una característica, métrica o beneficio en la documentación del Servicio no constituye promesa tácita ni silencio cualificado. Sólo los compromisos publicados con metodología, fuente y fecha conforme a las Cláusulas 14.4 y 27 integran el contrato. El Usuario que afirme una promesa deberá identificar la pieza de comunicación específica y verificable que la contiene.
27. Transparencia operativa (compromisos contingentes)
27.1. Los siguientes compromisos del Equipo entran en operación de acuerdo con el cronograma público publicado en status.atalayajudicial.com/cronograma. El Equipo se compromete a poner en operación, dentro de los plazos allí indicados, lo siguiente:
(a) Página pública de estado (status.atalayajudicial.com) con disponibilidad del Servicio e incidentes en curso, con histórico acumulativo a partir del lanzamiento, hasta cubrir los últimos 90 días una vez transcurridos esos 90 días de operación pública.
(b) Postmortems públicos —anonimizados respecto de los Datos del Usuario— para todo incidente cuya duración exceda sesenta (60) minutos, publicados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la resolución del incidente.
(c) Reporte trimestral de tasa de entrega de notificaciones Web Push con metodología publicada, a partir del primer trimestre completo posterior al lanzamiento.
(d) Registro público de cambios e incidencias de seguridad relevantes, publicado en status.atalayajudicial.com/changelog.
(e) Interfaz de consentimiento granular en el onboarding, conforme a la Cláusula 5.3, que presente casillas separadas no pre-rellenadas para cada autorización (a) a (e) de la Cláusula 5.3 antes de la creación de la Bóveda.
(f) Frenos automáticos del raspado (Cláusula 8.4 (iv)): mecanismo de circuit breaker que suspenda temporalmente las consultas a un endpoint tras una secuencia de fallos consecutivos, y tope diario por radicado documentado en status.atalayajudicial.com/operacion.
Hasta tanto los compromisos (a) a (f) entren en vigor, el Equipo publicará en status.atalayajudicial.com/cronograma el calendario de implementación y un canal de contacto para incidencias.
27.2. Estos compromisos no constituyen acuerdo de nivel de servicio en cuanto a porcentajes específicos, pero, una vez en operación efectiva, son obligaciones contractuales de transparencia y rendición de cuentas exigibles por el Usuario conforme a la Cláusula 22.
28. Marco normativo aplicable
Sin pretensión de exhaustividad, el Equipo de Atalaya Judicial adapta el Servicio al cumplimiento de las siguientes normas:
| Materia | Norma |
|---|---|
| Hábeas data | Constitución Política, art. 15; Ley 1581 de 2012; Decreto 1377 de 2013; Decreto 1074 de 2015; Decreto 090 de 2018; Circulares Externas vigentes de la SIC |
| Consulta automatizada de información judicial pública | Resolución SIC 63771 del 5 de octubre de 2022 |
| Medidas de seguridad y notificación de incidentes | Circular Externa 002 de 2015 de la SIC |
| Transmisión internacional de datos personales | Circular Externa 005 de 2017 de la SIC |
| Acceso a información pública | Constitución Política, arts. 20, 23, 74, 228; Ley 270 de 1996, art. 64; Ley 1437 de 2011, art. 24; Ley 1712 de 2014; Ley 1755 de 2015 |
| Protección al consumidor | Constitución Política, art. 78; Ley 1480 de 2011 |
| Comercio electrónico y mensajes de datos | Ley 527 de 1999; Ley 1480 de 2011, art. 50 |
| Notificación judicial electrónica | Ley 2213 de 2022; Ley 1564 de 2012 |
| Propiedad intelectual y marcas | Ley 23 de 1982; Decisión Andina 351 de 1993; Decisión Andina 486 de 2000; Ley 256 de 1996; Ley 1915 de 2018 |
| Cibercrimen | Ley 1273 de 2009 |
| Conciliación | Ley 640 de 2001 |
| Ejercicio de la abogacía | Decreto 196 de 1971; Ley 1123 de 2007 |
| Infancia | Ley 1098 de 2006 |
| Comunicaciones no solicitadas | Ley 2300 de 2023 |
| Régimen general | Código Civil, arts. 64, 1502, 1503, 1522, 1546, 1602–1604, 1616; Código de Comercio, art. 871; Código General del Proceso, art. 28 |
El listado oficial actualizado, con enlaces a fuentes oficiales, se mantiene en status.atalayajudicial.com/normativa.
FIN DEL DOCUMENTO — VERSIÓN 3
Equipo de Atalaya Judicial — Medellín, Antioquia, Colombia — 26 de abril de 2026.